
A partir de la proclamación del Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha un nuevo régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias. Esta medida incorpora una serie de modificaciones fiscales que todo contribuyente debe conocer para estar informado y tomar decisiones.
Lanzamiento y marco normativo
El nuevo esquema se implementó mediante la Resolución General 5704/2025. Desde el 1° de junio de 2025, los contribuyentes argentinos tienen la opción de adherirse voluntariamente a esta modalidad simplificada para las declaraciones correspondientes al período fiscal 2025. Juan Pazo, titular de ARCA, anunció la medida, destacando su enfoque en la facturación y los gastos deducibles, dejando de lado la declaración de consumos personales.
¿Quiénes están habilitados para adherirse?
El régimen simplificado está disponible para personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país. Para poder optar por él, los contribuyentes deben cumplir los siguientes requisitos:
- Poseer clave fiscal con nivel de seguridad 3.
- No contar con CUIT limitado administrativamente por los motivos establecidos en el artículo 9 de la RG (AFIP) 3832.
- No estar clasificados en los segmentos de mayor significación fiscal (segmentos 11 o 12) según ARCA. Es importante destacar que los criterios técnicos de esta clasificación interna no se publicaron, lo que implica que un contribuyente no puede conocer su segmentación de antemano sin consultar el sistema.
- No ser una Persona Expuesta Políticamente (PEP), como funcionarios públicos o cargos similares, según lo definido por la Unidad de Información Financiera.
Inicialmente, el decreto orientó el régimen a quienes obtengan ingresos exclusivamente de fuente argentina. Sin embargo, la resolución no menciona expresamente esta restricción, lo que abre la posibilidad de que contribuyentes con rentas de fuente extranjera también puedan adherirse si cumplen los demás criterios.
Transformación en la Declaración Jurada
Uno de los cambios más significativos es la eliminación de la obligación de informar el patrimonio, con el objetivo de reducir la carga administrativa para el contribuyente. Quienes adhieran no necesitan declarar su patrimonio ni al inicio ni al cierre del período fiscal. Esta modificación también eliminó la obligación de calcular el monto consumido, derivado del cruce patrimonial entre activos declarados y consumos.
Una vez finalizado el período fiscal, el sistema de ARCA presentará al contribuyente el monto a pagar, basado en la información de facturación y gastos deducibles. El contribuyente podrá aceptar y pagar el monto propuesto o revisarlo y rectificarlo en función de sus propios datos.
¿Cómo es el proceso de adhesión?
El período para optar por este régimen comenzó el 1° de junio de 2025 y se extiende hasta el día anterior al vencimiento general para la presentación de la declaración jurada correspondiente al mismo ejercicio fiscal. Para adherirse, el contribuyente debe acceder al servicio “Sistema Registral” de ARCA y seleccionar la tarjeta “Ganancias PH Simplificada”.
Una vez ejercida la opción y verificados los requisitos, ARCA caracterizará al contribuyente en el “Sistema Registral” con el código “618-Ganancias PH Simplificada”. Esta caracterización puede consultarse en la opción “Consulta > Datos registrales > Caracterizaciones” dentro del sistema.
¿Qué pasa si quiero desistir del régimen?
El régimen ofrece flexibilidad, ya que el contribuyente puede desistir de su adhesión en cualquier momento antes de la presentación de la declaración jurada. El trámite se realiza por la misma vía digital utilizada para optar, ingresando al servicio “Sistema Registral”, opción “Ganancias PH Simple”.
Alcance temporal y requisitos futuros
El Decreto 353/2025 facultó a ARCA para implementar este régimen de forma progresiva y por etapas a partir del ejercicio fiscal 2025. Sin embargo, la resolución vigente solo aplica para dicho período fiscal. Aún no se estableció si este esquema se mantendrá en los años subsiguientes ni bajo qué condiciones, lo que introduce un componente de incertidumbre normativa.
Además, la reglamentación no especificó los requisitos, formalidades y condiciones para confeccionar la Declaración Jurada Simplificada. Se indicó que estos detalles se publicarán en el micrositio “Ganancias y Bienes Personales” de la web oficial de ARCA. Hasta que esto ocurra, los contadores y asesores tributarios no contarán con una guía operativa clara para realizar las presentaciones.
Es fundamental tener presente que, aunque ARCA dejó de exigir ciertos datos comerciales y patrimoniales, mantiene intactas sus facultades de fiscalización. Los funcionarios públicos conservan la obligación legal de denunciar penalmente cualquier hecho que encuadre dentro del régimen penal tributario, cambiario u otras figuras delictivas. El fisco continúa trabajando en la detección de casos de subfacturación, ventas omitidas o ingresos no declarados.
Conclusión
Si bien la intención del nuevo régimen simplificado de Ganancias es reducir la carga administrativa y focalizar la fiscalización en aspectos clave como la facturación y los gastos deducibles, su implementación inicial para el período fiscal 2025 presenta ciertas incertidumbres normativas y limitaciones respecto de su alcance.
Dado que la normativa no detalló todos los requisitos operativos para confeccionar la declaración jurada simplificada y que la adhesión, aunque voluntaria, implica comprender aspectos fiscales complejos, resulta clave contar con la asistencia de un contador público. Un profesional puede asesorar sobre la conveniencia de adherirse, verificar el cumplimiento de los requisitos y evitar posibles errores o inconsistencias que puedan derivar en futuras fiscalizaciones.
Para cualquier consulta o para evaluar su situación particular, se recomienda contactar a un especialista.
Fuentes
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). (1 de junio de 2025). Nuevo régimen simplificado de ganancias: Opción voluntaria para adherirse. https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/sitio/contenido/novedad/ver.aspx?id=4888
Calise, A. (26 de junio de 2025). Ganancias: la nueva “modalidad simplificada”. Errepar. https://documento.errepar.com/actualidad/20250626093046087
Infobae. (27 de junio de 2025). Es oficial el nuevo Régimen Simplificado de Ganancias: cómo es y quiénes pueden acceder desde el lunes. https://www.infobae.com/economia/2025/05/30/es-oficial-el-nuevo-regimen-simplificado-de-ganancias-como-es-y-quienes-pueden-acceder/
Leiva, M. (24 de junio de 2025). Impuesto a las Ganancias 2025: preguntas y respuestas sobre el nuevo régimen simplificado. Chequeado. https://chequeado.com/el-explicador/impuesto-a-las-ganancias-que-se-sabe-sobre-el-nuevo-regimen-que-anuncio-arca/
Olveira, D. (5 de junio de 2025). Régimen Simplificado de Ganancias: las 6 claves de condiciones y efectos en el proyecto del Gobierno. iProfesional. https://www.iprofesional.com/impuestos/430025-regimen-simplificado-de-ganancias-6-claves-proyecto-gobierno
Página/12. (22 de mayo de 2025). Nuevo régimen simplificado de Ganancias: qué cambia y cómo será la liquidación en la ARCA. https://www.pagina12.com.ar/827901-nuevo-regimen-simplificado-de-ganancias-que-cambia-y-como-se