Nueva Resolución sobre Exhibición de Precios: Lo que Necesitas Saber

El Ministerio de Economía ha emitido la Resolución 4/2025, que establece nuevas reglas para la exhibición de precios en Argentina. Esta resolución, que deroga las anteriores 7/02 y 55/02, busca modernizar las prácticas comerciales y garantizar que los consumidores reciban información clara y completa sobre los precios de los bienes y servicios. Aquí te presentamos los puntos clave:

¿Quiénes están obligados?

  • Todos aquellos que ofrezcan bienes o servicios directamente a los consumidores finales. Esto incluye tanto a comercios minoristas como a proveedores de servicios.
  • Hay excepciones, como los comercios minoristas que venden al peso y usan balanzas electrónicas con tickets, que están eximidos de informar el precio sin impuestos nacionales.
  • Proveedores de servicios prestados desde, hacia y en el exterior podrán mostrar precios en dólares estadounidenses.

¿Qué información debe exhibirse?

  • Precio en pesos: Los precios deben exhibirse en pesos, la moneda de curso legal en Argentina.
  • Precio total: El precio exhibido debe ser el importe total y final que el consumidor debe pagar.
  • Precio sin impuestos: Debajo del precio final, debe mostrarse el precio neto sin IVA ni otros impuestos nacionales indirectos, junto con la leyenda «PRECIO SIN IMPUESTOS NACIONALES».
  • Precio por unidad de medida: Debe indicarse el precio por unidad de medida (por ejemplo, por kilo, litro, metro), siempre que no sea idéntico al precio de venta del producto.
  • Precios financiados: Si se ofrece financiación, debe mostrarse el precio de contado, el número y monto de las cuotas, y el costo financiero total efectivo anual.
  • Precios en comercios: Los precios en góndolas deben coincidir con los precios cobrados en caja.

¿Cómo deben exhibirse los precios?

  • Claridad y visibilidad: Los precios deben exhibirse de forma clara, visible, horizontal y legible sobre cada producto o grupo de productos.
  • Listas: Si se usan listas de precios, estas deben estar en lugares de acceso, venta o atención, en formato físico o digital.
  • Acceso: Los consumidores deben tener acceso a los precios exhibidos antes de decidir su compra.

Otros aspectos importantes

  • Monedas extranjeras: Además de pesos, los precios también pueden mostrarse en dólares u otras monedas extranjeras.
  • Autoridad de aplicación: La Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial es la encargada de aplicar esta resolución, con facultad de delegar sus atribuciones.
  • Sanciones: El incumplimiento de esta resolución se sancionará según el Decreto 274/19 y la Ley 24.240, mientras que la falta de exhibición del precio sin impuestos se regirá por la Ley 11.683.
  • Vigencia: La obligación de mostrar el precio sin impuestos entrará en vigor el 1 de abril de 2025. El resto de la resolución, el día siguiente de su publicación, el 17 de enero de 2025.

Conclusión

Esta nueva resolución busca proteger los derechos de los consumidores, brindándoles información clara y precisa sobre los precios de los productos y servicios. Es importante que tanto los comerciantes como los consumidores estén al tanto de estos cambios.